Respuesta a: Minutas y exclusión de reclamación extrajudicial

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#19545
Iván Díaz Perales
Invitado

La demanda de conciliación la presento encabezada por el cliente, sin procurador y en muchas ocasiones sin cuantificar. El problema se produce con las aseguradoras que tienen su sede fuera de la provincia, ya que Ley de Jurisdicción Voluntaria dice: «si el requerido fuere persona jurídica, será asimismo competente el del lugar del domicilio del solicitante, siempre que en dicho lugar tenga el requerido delegación, sucursal, establecimiento u oficina abierta al público o representante autorizado para actuar en nombre de la entidad, debiendo acreditar dicha circunstancia.» Es decir al ser de Sevilla tengo problemas para meter demandas de conciliación contra Cias como Línea Directa, Verti, Balumba, etc que carecen de sede en Sevilla, no obstante la meto y que el secretario decida (e igualmente intento minutar la demanda de conciliación en la factura que pase a la Cia).

Es cierto si tienes que desplazar al cliente es un poco follón, pero es otra vía alternativa para buscar el acuerdo y hablar con algún compañero que sea más competente que el tramitador de turno.

saludos

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