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Más protección para los heridos en accidentes

El fiscal de Seguridad Vial ordena que los casos más leves acaben también en la vía penal

La factura en vidas a causa de los accidentes de tráfico es una auténtica pandemia, que provoca más de un millón de fallecidos al año en todo el mundo . Y en este caso solo hay una vacuna: la educación. Pero esa factura no se cuenta solo por muertos. En esos siniestros resultan heridas cientos de miles de personas y de esas víctimas se habla mucho menos.

Los lesionados en siniestros de tráfico son ahora mismo los más desprotegidos por un sistema judicial al que solo llegan, por la vía penal, los casos más graves. La Fiscalía de Seguridad Vial quiere acabar con ese drama. Acaba de remitir un oficio a todas las policías de Tráfico para que se levante atestado en accidentes que ahora se cierran con meros informes, lo que aboca a esas víctimas a acudir a la vía civil para conseguir una compensación por el percance.

Al desaparecer la imprudencia leve, solo queda la vía civil para reclamar y ahí se paga menos y muy tarde

El fiscal de Sala Coordinador de Seguridad Vial, Bartolomé Vargas, anuncia que en ese oficio “se detallan de forma pormenorizada los supuestos en los que habrá que levantar, desde ahora, un atestado”. Se hará aunque no haya muertos, heridos de gravedad o se trate de conductas extremadamente temerarias.

La nueva norma se aplicará en “en las colisiones por alcance, adelantamientos arriesgados, saltarse señales de stop y ceda el paso, un semáforo en rojo, cambios de dirección indebidos, distracciones por fatiga o sueño y atropellos en pasos de cebra o arcenes para ciclistas”. En todos esos siniestros “habrá que dar traslado a la jurisdicción penal y el fiscal velará porque las víctimas puedan recibir con prontitud el justo resarcimiento”, promete Vargas.

Manuel Castellanos, presidente de Asociación Nacional de Abogados de Víctimas de Accidentes (ANAVA-RC), se felicita por esta iniciativa. “El atestado actualmente solo se elabora por parte de la policía actuante en caso de fallecidos o lesionados graves (con ingreso hospitalario) quedando la mayoría de los accidentes sin este elemento de investigación”, afirma Castellanos.

Rebajas en el baremo de las indemnizaciones

Las tablas que fijan los baremos de las indemnizaciones que recibir por parte de las víctimas de tráfico apuntan desde hace ya unos años a la baja. Revertir esa tendencia es una reclamación permanente de las asociaciones que defienden los intereses de esas personas cuya vida cambia, en cuestión de segundos, por culpa de un percance en la carretera.
Las cifras, en este caso, no engañan. Uno de los ejemplos más llamativos denunciado por la Asociación Nacional de Abogados de Víctimas de Accidentes (Anava-RC) se refiere a la indemnización prevista por días de baja. “Antes de 1995 se pagaban 10.000 pesetas (60 euros) por día de baja y hoy, 25 años después y con la mencionada reforma del 2015, se abonan 54,30 euros por día”, revela esta asociación.
Otra rebaja muy llamativa se refiere a lo que marca ese baremo por una incapacidad permanente. “En el año 2014, para un lesionado de 30 años se indemnizaba, como mínimo, dependiendo de sus ingresos, desde 21.089,80 euros hasta 105.437,93, pudiendo ser indemnizado con hasta 167.759,67 euros. Dos años después, esa cifra, para un lesionado de las mismas características, fue rebajada a los 10.000 euros, con un máximo de 50.000”, critica Anava-RC. Y ahí sigue ese baremo.

En el resto de accidentes, los informes que se elaboran “no tienen valor como atestado ni sirven como prueba de investigación del accidente en el procedimiento penal”, añade el presidente de ANAVA-RC. Para que se inicie la vía penal tras uno de estos percances “se requiere denuncia del perjudicado, que puede dar pie a un procedimiento por delito de imprudencia que puede ser leve, menos grave o grave”. El sistema ya no actúa, en estos casos, de oficio.

La desprotección de los heridos en accidentes de tráfico se ha acusado tras la reforma del Código Penal del 2015, “que despenalizó los siniestros de tráfico en los casos de imprudencias leves”, recuerda Manuel Castellano.

Un cambio que ha provocado que estos casos menos graves acaben condenados a ser resueltos por la vía civil. Este es un procedimiento al que puede acudir cualquier víctima, sí; pero para iniciar una de esas causas “es preceptiva la intervención de abogado y procurador –añade el presidente de la Asociación Nacional de Abogados de Víctimas de Accidentes– y esas personas, además de tener que pagar a esos profesionales, tienen que costear los informes periciales”. Y esos procesos suelen, además, eternizarse.

A lo que hay que añadir que esta es una aventura con riesgo. “Si se desestima íntegramente la demanda, esa víctima además de la fac tura del abogado y procurador, tiene que abonar, en concepto de costas, los gastos de esos profesionales y peritos, si se han contratado”, critica Castellano.

Y alerta que las compañías de seguros se estarían aprovechando de esta laguna judicial, que ahora se pretende corregir con la reciente orden del fiscal de Seguridad Vial. “Las aseguradoras se han dado cuenta de que los riesgos y costes en la vía civil han provocado que muchas víctimas desistan de seguir reclamando y acaben conformándose con lo que les ofrecen esas compañías”, revela el presidente de ANAVA-RC. En esas propuestas se ofrecen indemnizaciones a la baja. “Hasta un 50% menos de lo que se pagaba cuando existían los juicios de faltas”, calcula Manuel Castellanos.

URL de la noticia: https://www.lavanguardia.com/vida/20210329/6613952/mas-proteccion-heridos-accidentes-trafico-atestado-espana.html


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