El ‘umbral lesivo’, la nueva norma que perjudica a las víctimas de tráfico con lesión cervical

Las compañías de seguros no pagarán la asistencia médica a lesionados en accidentes a menos de 6 km/h

Lesion cervical - Latigazo cervical - Umbral lesivo - Lesiones...
Una conductora se lleva la mano a la cabeza por alguna molestia mientras conduce.

A las víctimas de accidentes tráfico se les presenta un nuevo peligro. Y tiene nombre científico: Delta V, una fórmula física que mide la velocidad a la que impactan dos vehículos en función de los daños que sufren. El riesgo que denuncian es que esa fórmula será utilizada para excluir del tratamiento médico y rehabilitador a las personas que resulten con lesiones en accidentes a menos de 6 km/h. Básicamente, porque consideran que por debajo de ese umbral no se producen daños personales.

Las lesiones cervicales, en entredicho

La advertencia la ha lanzado Anava-RC, la Asociación Nacional de Abogados de Víctimas de Tráfico, que afirma que la implantación de ese umbral lesivo va contra quienes sufren lesiones cervicales -el llamado latigazo cervical- como consecuencia de un choque por alcance: un 78% de esas personas no tendrán cubierta la atención médica por parte de las aseguradoras, afirma Anava-RC.

Latigazo cervical: tratamiento, tiempo de baja…

Esto los dejará ante una disyuntiva: o recurrir a la medicina privada, como hasta ahora, pero pagando entre 1.000 y 2.000 euros de media. O acudir a la Seguridad Social, con los inconvenientes que ello supone en plazos y saturación.

«El problema es que las aseguradoras utilizarán una simple foto, o una valoración de la reparación de los daños en el coche para determinar el umbral. Y eso va en contra de la ciencia y de lo que dicen los tribunales: los daños que sufra una víctima sólo los puede determinar un médico«, precisa Manuel Castellanos, presidente de Anava-RC.

Lesion cervical - Latigazo cervical - Umbral lesivo - Lesiones cervicales
Un vehículo con la parte delantera destrozada tras un siniestro vial.

Latigazo cervical: síntomas, secuelas…

Además, añade que ese criterio de exclusión va en contra de la legalidad vigente, ya que no está contemplado en el actual baremo para las indemnizaciones de accidentes. Al contrario, se quiso introducir éste cuando se negoció en 2015, pero la medida fue rechazada.

Ahora vuelve a escena impulsada por Unespa, la patronal de las aseguradoras, y las asociaciones de clínicas privadas que prestan asistencia a las víctimas de siniestros. La intención es hacerlo mediante una ampliación del convenio que regula esa asistencia y que está en vigor hasta diciembre de 2022.

Tanto Anava-RC como las asociaciones Adevi y Adaviac han enviado cartas a las firmantes del convenio, a la Dirección General de Seguros (DGS), a distintos ministerios (Justicia y Sanidad) y a la Fiscalía de Seguridad Vial para denunciar el grave perjuicio que puede causar esta iniciativa.

En junio de este año las tres asociaciones de abogados de víctimas enviaron diferentes cartas a los firmantes del convenio y la Dirección General de Seguros mostrando el rechazo a que se incluyera una adenda al Convenio, vigente hasta diciembre de 2022, incluyendo un umbral lesivo referido a una fórmula física “Delta V” que mide la velocidad con la que impactan los vehículos en función de los daños encontrados en los mismos. Esta adenda (o ampliación) sería una causa de rechazo para el tratamiento médico y rehabilitador de los lesionados de cervicales de colisiones de baja intensidad (a 6km/h).

A pesar de dicha carta, UNESPA ha seguido adelante con su interesado empeño de incluir esta adenda con la colaboración de la DGS que, a través del CCS, ha redactado un documento a firmar con efectos de 1 de octubre de 2021.

Las asociaciones de abogados de víctimas han remitido una carta a la Ministra de Justicia, la Ministra de Sanidad, la Fiscalía General del Estado, la Fiscalía Especial de Seguridad Vial, la DGS y el CCS llamando la atención de las nocivas consecuencias que puede producir para miles de ciudadanos que han tenido la desgracia de sufrir un accidente de circulación.

De llevarse a término dicho acuerdo, cientos de miles de lesionados en accidentes de circulación, serán privados del tratamiento en el centro privado en el que lo han iniciado, obligándolos a acudir a la Sanidad Pública, lo que saturará, aún más, un servicio ya congestionado.

La existencia o inexistencia de lesiones producidas en un accidente de circulación es una cuestión exclusivamente médica. No se puede hacer depender la existencia de lesiones a los daños producidos en el vehículo. El único capacitado para diagnosticar si existen lesiones y su etiología es un médico.

Cuando enviamos la carta en junio de 2021 tuvimos la esperanza que las asociaciones de centros sanitarios se dieran cuenta que la inclusión de este umbral lesivo no solo iba a perjudicar a sus potenciales pacientes, sino que iba a provocar una gran disminución de ingresos para el propio sector sanitario. Lo que nunca esperamos es que la Dirección General de Seguros, entidad reguladora del sector, que debe ser garante de los derechos de los ciudadanos, respaldara esta iniciativa y se involucrara aceptando que puede haber víctimas que, dependiendo del valor de reparación de los daños materiales de los vehículos implicados, se aceptara que no pueden sufrir lesiones en un accidente. Es algo inaudito”, asegura Manuel Castellanos, Presidente de ANAVA-RC.

Puedes leer el artículo en este enlace: https://www.marca.com/coches-y-motos/trafico/2021/10/10/6162922346163f473c8b460b.html

Deja un comentario

Scroll Up
× ¿Te ayudamos?