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La prueba del nexo causal en el traumatismo menor de la columna vertebral.

III Congreso Nacional de Defensa de los Derechos de las Victimas de Accidentes. ANAVA-RC
Sección de derecho de circulación ICAB de Barcelona

Dr. Javier Gorriz Quevedo

6 de Marzo 2020

Una maquina compleja

Artículo 135

1. Los traumatismos cervicales menores que se diagnostican con base en la manifestación del lesionado sobre la existencia de dolor, y que no son susceptibles de verificación mediante pruebas médicas complementarias,se indemnizan como lesiones temporales, siempre que la naturaleza del hecho lesivo pueda producir el daño de acuerdo con los criterios de causalidad genérica siguientes:

a) De exclusión, que consiste en que no medie otra causa que justifique totalmentela patología .

b) Cronológico, que consiste en que la sintomatología aparezca en tiempo medicamente explicable. En particular, tiene especial relevancia a efectos de este criterio que se hayan manifestado los síntomas dentro de las setenta y dos horas posteriores al accidente oque el lesionado haya sido objeto de atención médica en este plazo.

c) Topográfico, que consiste en que haya una relación entre la zona corporal afectada por el accidente y la lesión sufrida, salvo que una explicación patogénica justifique lo contrario.

d) De intensidad, que consiste en la adecuación entre la lesión sufrida y el mecanismo de su producción, teniendo en cuenta la intensidad del accidente y las demás variables que afectan a la probabilidad de su existencia.

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