LAS COLISIONES DE BAJA INTENSIDAD Y LAS LESIONES EN LA COLUMNA VERTEBRAL.

LOS INFORMES TÉCNICOS DE BIOMECÁNICA. A CUENTAS DEL FRAUDE AL SEGURO ¿QUIÉN ENGAÑA A QUIEN?

 

Por Manuel Castellanos Piccirilli

 

Desde la creación del seguro hace casi 4.000 años, el llamado “préstamo a la gruesa ventura”, regulado en el Código de Hummurabi de Babilonia, pasando por los mercaderes chinos, casi por la misma época, que reducían sus riesgos intercambiando bienes con otros barcos, de manera que, si alguna de las embarcaciones se hundía, todos perdían un poco, ha existido la picaresca y el intento de engañar al seguro y sacar provecho de siniestros inexistentes o exagerando el daño en los mismos. Esto es una realidad incuestionable, pero ¿en la medida que nos lo hace creer el poderoso lobby del sector asegurador?.

Actualmente, gracias a las costosas campañas de publicidad que pagan las aseguradoras, no en vano son el tercer sector que más gasta en publicidad con 411,3 M de euros en el año 2017, cada cierto tiempo, hábilmente insertadas nos encontramos noticias de engaños al seguro: el ciego que puede ver, el paralítico que camina y, cómo no, el accidentado con collarín que resulta ser el paradigma del engaño al seguro, que con apelativos peyorativos como el “cuponazo cervical”, dan la sensación a la opinión pública (y a algunos jueces) que el sector asegurador viene siendo recalcitrantemente engañado con este tipo de accidentados, pero ¿esto es así?.

Vamos a poner cifras. En el año 2017, según datos de UNESPA, se produjeron 1,91 M de siniestros de chapa, es decir, accidentes que potencialmente podrían producir lesiones en la columna vertebral. Esto nos haría pensar, dada la elevadísima picaresca que el sector asegurador dice que existe, que los lesionados cervicales se acercarían a dicha cifra. Pues NO, de los 1.91 M de golpes de chapa, en el mismo año, según datos de la DGT, se comunicaron 102.300 víctimas en accidentes de circulación, de los que 1.810 fueron fallecidos, y 9.755 fueron hospitalizados (lesionados graves).

Con estas cifras podemos comprobar bien a las claras, que una inmensa mayoría de posibles lesionados cervicales no reclama indemnización alguna. ¿Resulta tan elevado el fraude al seguro de auto? Otro dato: Siendo el volumen del fraude en autos el mas alto dentro de los tipos de aseguramiento, la tasa de fraude, según el V mapa AXA de fraude en 2018, ronda tan solo alrededor del 1,8% a nivel nacional.

A pesar de estas estadísticas, el influyente lobby del sector asegurador, ha conseguido que el legislador maltrate a las víctimas, eliminando primeramente el procedimiento penal de juicio de faltas, sistema gratuito de reclamación judicial de las lesiones derivadas de un accidente de tráfico, y ha publicado un nuevo baremo (Ley 35/2015, de 22 de septiembre) que aunque técnicamente correcto, pues proclama de reparación íntegra y vertebrada del daño, es nocivo para las víctimas, tanto por el importe de sus cuantías indemnizatorias, como por la inclusión de su art. 135, dedicado a los accidentados con lesiones en columna vertebral, pues les complica sobremanera su reclamación indemnizatoria.

A esto le debemos unir la reciente moda de las aseguradoras de rehusar este tipo de accidentes en el trámite de reclamación previa del art. 7 de la citada norma, empleando de manera torticera el llamado criterio de intensidad que, junto con otros criterios de causalidad genérica (de exclusión, cronológico y topográfico) contiene el citado art. 135, utilizando unos pseudo-informes periciales de biomecánica conteniendo la célebre fórmula DeltaV, con la simple aportación de presupuestos o facturas de reparación de los vehículos siniestrados, o simples fotos del daño, sin tener en consideración ni la masa de los vehículos y lo que es mas importante, el factor humano (bio) en este tipo de accidentes.

Sin embargo, nada se publica de las presiones que están sufriendo los talleres de chapa para mal-reparar los golpes traseros (sin desmontar, y sin cambiar los paragolpes, para forzar presupuestos y facturas cada vez más bajas) o las clínicas asistenciales acogidas al convenio UNESPA que las aseguradoras fuerzan para que se trate al paciente, con límites temporales y de prestaciones no por criterios clínicos, si no económicos de ahorro de costes. Poco se sabe también que cuando tienes un accidente con daños materiales, por culpa de otro automóvil, quien repara tu automóvil es tu propia compañía, con independencia del tipo de seguro contratado (todo riesgo o a terceros) y esto, que puede representar un beneficio por la agilidad de la reparación tramitada por tu propia aseguradora, se convierte en un lamentable perjuicio cuando el vehículo es calificado de siniestro total, pues tu seguro te ofrece el valor venal, cuando lo que tienes derecho, por el principio de la restituio ad integrum, es que te abonen el “valor de sustitución” de tu automóvil, es decir, que te indemnicen con una suma suficiente para comprarte un vehículo de las mismas características y año del siniestrado. Y que decir de la cobertura de libre designación de abogado que se vacía de contenido con exiguos límites de 200 €, si eliges un abogado ajeno a las aseguradoras….

Todo esto supone, año tras año, pingües beneficios para el sector asegurador. No en balde, al contrario que proclaman las tras la despenalización del juicio de faltas, y la implantación en el año 2016 del nuevo baremo, se ha producido la contradictoria circunstancia que las aseguradoras, según datos publicados, están obteniendo ingresos récord y, a su vez, bajando sus primas, concretamente un -9,6% en el último año, y todo ello,  desde la aparición de los seguros low cost (el del telefonito rojo), a pesar de las agresivas e irresponsables campañas de captación de asegurados (“tráenos tu seguro y te lo bajamos sea cual sea….”).

A nadie se le debe de escapar, por tanto, que estos beneficios no se obtienen de mejorar las coberturas y calidad de los seguros, si no de las VÍCTIMAS, y esto debe ser conocido y difundido.

En definitiva, el cálculo de la prima del seguro, y el evitar el infra seguro, resulta de trascendental importancia para un mercado asegurador sano y solvente, y no se puede, como se está haciendo, maltratar a las víctimas como se está haciendo, con la connivencia del Estado, pues esto, al final puede reventar sin que la Dirección General de Seguros haga algo al respecto, como está ocurriendo en la actualidad, con una montaña de denuncias y quejas a las aseguradoras pendientes de tramitar.

En la actualidad, afortunadamente, los Juzgados y Tribuales de forma mayoritaria en sus sentencias, no están concediendo tanta relevancia a estos informes periciales de biomecánica, teniendo en consideración otros elementos de prueba, como es la historia clínica de la víctima, para desmontar, caso por
caso, esta abusiva utilización de dichos informes, y salvando algunos clamorosos ejemplos de falta de relación causa-efecto entre el siniestro de baja intensidad y las lesiones derivadas del mismo, la inmensa mayoría de sentencias no admiten esta clase de pruebas, así que animamos a las víctimas y a los abogados que las defienden, que cuando tengan un caso de estas características se reclame judicialmente hasta el final, pues no en todos los casos se pretende un enriquecimiento injusto, que es lo que cansinamente nos quiere hacer ver el sector asegurador.

 

Bufete Castellanos-Manuel Castellanos

ARTÍCULO REALIZADO POR:

Manuel Castellanos Piccirilli

Abogado y mediador de Seguros    

Presidente Asociación Nacional Abogados de Víctimas de Accidentes (ANAVA-RC)

 

2 comments on “LAS COLISIONES DE BAJA INTENSIDAD Y LAS LESIONES EN LA COLUMNA VERTEBRAL.”

  • Muy buen artículo Manuel, y además estoy totalmente de acuerdo con todo lo que dices, ya que desde la aplicación del nuevo baremo los únicos beneficiados han sido las aseguradoras, aunque ellos nos quisieran vender que los más afortunados iban a ser las víctimas. Ingenuos los que creyeron esas palabras.
    En cuánto a lo que propones de reclamar e ir hasta el final, estoy de acuerdo contigo, porque no se puede dejar que se salgan con las suyas y que dejen sin pagar a lesionados que han sufrido un accidente y que han tenido unas lesiones por muy leves que sean estas.
    Pero también tenemos que ser realistas que la ley no, nos lo ha puesto fácil a la hora de ir a la vía judicial civil, ya que nos encontramos con las temidas costas, y en muchas ocasiones el cliente que ha tenido una lesión pequeña como es un caso que tengo ahora mismo y habiendo rehusado el seguro aportando, como tú bien explicas en este artículo, el famoso informe de biomecánica, las fotos y el presupuesto del taller, le da miedo ir a juicio por las costas.
    Pienso que esto es una de las cosas que se deberían modificar de la ley, ya que en primer lugar no es justo que a las compañías de seguro se les estén dando las mismas prerrogativas que a las Administraciones Públicas, y por contra al lesionado se le haya cerrado por completo la posibilidad de que un juez decida si le corresponde o no indemnización alguna por sus lesiones, porque aunque quieran hacernos ver que no se han lesionado sus derechos porque tienen la vía civil, esto es una verdad a medias, es un si pero no, porque en estos casos las costas son disuasorias para ir a pleitear, lo más justo sería que en estos tipos de procedimientos (ya que también nos han quitado la vía penal) no hubiera costas.
    Un saludo.

  • Buen artículo Manuel, es hora de que este discurso comience a gritarse en toda España, así que haremos lo posible para que llegue por aquí, por el norte también. Amparo, reclama, y con un poco de suerte ganarás con costas, hay gran cantidad de jueces que penalizan la contumaz oposición de la aseguradora en base a estos informes mal llamados de biomecánica. Un saludo, y enhorabuena!! Esta asociación es más necesaria que nunca.

    Ricardo Valdeón

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